DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1126

DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1126, QUE ESTABLECE MEDIDAS DE CONTROL EN LOS INSUMOS QUÍMICOS Y PRODUCTOS FISCALIZADOS, MAQUINARIAS Y EQUIPOS UTILIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE DROGAS ILÍCITAS

 

DECRETO LEGISLATIVO

Nº 1339

Mediante el presente Decreto, se modifica a definición de usuario y el segundo párrafo de artículo 2, los artículos 4, 5, 6, 7, 9, 10, 12, 16 y 17, el quinto párrafo del artículo 18, el primer párrafo del artículo 19, los artículos 27, 32 y 34, el primer párrafo del artículo 36, y los artículos 47 y 48 del Decreto Legislativo Nº 1126 Decreto Legislativo que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas, y normas modificatorias, en los términos señalados en el texto de la presente norma.

 

El presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a los treinta (30) días de su publicación, es decir, a partir del 05 de febrero del presente año, con excepción de la Segunda, Tercera Disposición Complementaria Final y todas las disposiciones complementarias modificatorias, las cuales entran en vigencia a partir del 07 de enero de los corrientes.

 

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