DECRETO SUPREMO
Nº 399-2016-EF
Mediante el presente Decreto, se aprueba el listado de profesiones y oficios que darán derecho a la deducción a que se refiere el inciso d) del segundo párrafo del artículo 46° de la Ley, el cual se encuentra en el Anexo que forma parte integrante de la presente norma.
El presente decreto supremo entra en vigencia el 1 de enero de 2017.