DECRETO LEGISLATIVO
Nº 1255
Mediante el presente Decreto, se modifica el Artículo IV del Título Preliminar; el Numeral 34.1 del Artículo 34; el Artículo 37 y el Literal f) del Numeral 49.1 del Artículo 49 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación en los términos señalados en el artículo 1 de la presente norma.
Asimismo, se modifican los literales b) y v) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, conforme lo señala el art. 2.
El presente Decreto Legislativo, se encuentra publicado en el Diario Oficial El Peruano, donde pueden consultarse las modificaciones realizadas a mayor detalle.