DISPONEN QUE EL 21º Y 22º JUZGADOS DE TRABAJO TRANSITORIOS DE LIMA REMITAN LA TOTALIDAD DE SUS EXPEDIENTES A LA MESA DE PARTES CORRESPONDIENTES A SU SEDE, PARA SER REDISTRIBUIDOS EN FORMA EQUITATIVA Y

la totalidad de sus expedientes a la Mesa de Partes correspondientes a su sede, para ser redistribuidos en forma equitativa y aleatoria entre el 8º, 11º, 12º, 13º, 14º, 15º, 16º, 17º, 18º, 19º, 20º, 24º, 25º y 26º Juzgados de Trabajo Transitorios de Lima y dictan otras disposiciones en la Corte Superior de Justicia de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 492-2016-P-CSJLI-PJ

 

Con la finalidad que 14 juzgados de trabajo transitorios de lima equiparen su carga procesal se ha dispuesto que el 21° y 22° juzgados de trabajo transitorio de Lima remitan la TOTALIDAD de sus expedientes la Mesa de Partes correspondientes a su sede, para ser redistribuidos en forma equitativa y aleatoria entre el 8°, 11°,12°;13°,14°,15°, 16°, 17°, 18°, 19°, 20°, 24°, 25° y 26° juzgados de trabajo transitorios de Lima.

Asimismo, se dispuso que el 6° y 7 ° juzgado de trabajo transitorio de lima remita la totalidad de sus expedientes a la mesa de partes correspondientes a su sede, para ser redistribuidos en forma equitativa y aleatoria entre el 30°, 31°, 32°, 33° y 34° Juzgado de Trabajo Permanentes de Lima.  Por último el 10° juzgado de trabajo deberá remitir la totalidad de sus expedientes a la mesa de partes correspondiente para ser remitidos al 9° juzgado de trabajo transitorio de Lima.

La remisión y redistribución de expedientes deberá concluir el 31 de agosto.

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