APRUEBAN DIRECTIVA “PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE LOS PLANES DE OPERACIONES DE LAS INTERVENCIONES Y EMISIÓN DE CONSTANCIAS PARA LA DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV) E IMPUESTO DE PROMOCIÓN MUNICIPAL (IPM) PAGADOS CON RECURSOS FINANCIEROS PROVENIENTES DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL NO REEMBOLSABLE (CINR)”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 071-2016/APCI-DE
Mediante la presente Resolución, se aprueba la Directiva N° 001-2016/ APCI-DE-DOC “Procedimientos para el Registro de los Planes de Operaciones de las Intervenciones y Emisión de Constancias para la Devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal (IPM) pagados con recursos financieros provenientes de la Cooperación Internacional No Reembolsable (CINR)”, sus formatos y flujogramas adjuntos, la cual tiene por finalidad mejorar la atención al ciudadano, introducir modificaciones conceptuales y actualizar el marco normativo, así como reforzar la consistencia, transparencia, oportunidad y predictibilidad de la acción del Estado.
En tal sentido, se deja sin efecto la Resolución Directoral Ejecutiva N° 001-2008/APCI-DE que aprueba las dos Directivas que regula el Procedimiento para el Registro del Plan de Operaciones y la Emisión de Constancias para solicitar ante la SUNAT el Beneficio Tributario de Devolución del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto de Promoción Municipal – IPM; así como la Resolución Directoral Ejecutiva N° 023-2008/ APCI-DE que modificó las referidas Directivas.
Asimismo, de deja sin efecto la Resolución Directoral Ejecutiva N° 017-2008/APCI-DE que aprobó el formulario “Constancia para el Régimen de Devolución del IGV e IPM”.
Finalmente, se dispone la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial “El Peruano” (http://www.elperuano.pe/); y conjuntamente con la Directiva aprobada en el primer párrafo, sus formatos y flujogramas adjuntos, en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (www.apci.gob.pe). Así también se encarga a la Dirección de Operaciones y Capacitación como órgano de línea responsable, verificar el cumplimiento de la Directiva aprobada por la presente resolución Directoral Ejecutiva.