RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 142-2016-mc
La Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, tiene el objeto de precisar el alcance de los derechos y garantías individuales y colectivas que, en materia lingüística, se establecen en el artículo 48 de la Constitución Política del Perú; Estableciendo en su Única Disposición Final que, el Poder Ejecutivo aprobará las normas reglamentarias necesarias para su aplicación;
Asimismo, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, señala que la Dirección de Lenguas Indígenas, es el órgano de línea encargado de promover e implementar acciones para el desarrollo y uso de las lenguas indígenas y originarias de los pueblos indígenas del país, fomentando su aprendizaje;
Con fecha 01 de abril de 2016, la Dirección de Lenguas Indígenas hace de conocimiento que el Ministerio de Cultura, a través de la Dirección de Lenguas Indígenas llevó a cabo el proceso de consulta previa de la propuesta de Reglamento de la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú; Participando en dicho proceso 55 pueblos indígenas, el mismo que culminó con éxito, el 18 de marzo de 2016, destacando que en este proceso se llegó a acuerdos respecto de la totalidad de propuestas presentadas por los pueblos indígenas u originarios. Por tal sentido, se dispone la pre publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, conjuntamente con su Exposición de Motivos y el Acta de Consulta Previa de la propuesta de Reglamento, en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), otorgándosele un plazo de 15 días hábiles para recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones por parte de las entidades públicas y/o privadas, las organizaciones indígenas y de la sociedad civil, así como de los pueblos indígenas u originarios y de las personas naturales interesadas.
En ese sentido, se dispone que las sugerencias sean remitidas a la siguiente dirección: Av. Javier Prado Este N° 2465 –
distrito San Borja, provincia y departamento de Lima o a los correos electrónicos apanizo@cultura.gob.pe y sevilla@cultura.gob.pe.