RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 067-2016-SERFOR/DE
La Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional
Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería
jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Estableciendo que una de las
funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de
aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso
sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;
En ese sentido, el Reglamento para la Gestión Forestal y el artículo
136 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, señalan que el SERFOR implementa el
registro de Instituciones Científicas Nacionales Depositarias de Material Biológico, las mismas que deben presentar una solicitud conteniendo
información sobre las condiciones técnicas que posee para custodiar el material
biológico de flora y/o fauna silvestre depositado.
Por ello
se tiene a bien aprobar los
“Lineamientos para el otorgamiento de la autorización de Institución Científica
Nacional Depositaria de Material Biológico”, el cual podrá ser visualizado en
el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).