Res. N° 034-2014-OEFA/PCD.-
Incorporan el Numeral 1.3.9 al Artículo 1° de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 001-2014-OEFA/PCD, modificada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 022-2014-OEFA/ PCD, de acuerdo al siguiente texto: “1.3.9. Disponer, según los resultados del procedimiento preliminar de calificación, que se instaure el procedimiento administrativo disciplinario, se inicie el procedimiento a cargo del jefe inmediato o se archive el caso ante la inexistencia de faltas éticas o administrativas.