R.VM. N° 005-2014-VMI-MC.-
Se hace mención que, mediante Decreto Supremo N° 015-2006-EM se aprobó el Reglamento para la protección ambiental en las actividades de hidrocarburos, en cuyo artículo 1 se estableció como parte de su objeto el regular en el territorio nacional la gestión ambiental de las actividades de exploración, explotación, refinación, procesamiento, transporte, comercialización, almacenamiento, y distribución de hidrocarburos, con el fin primordial de prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar y remediar los impactos ambientales negativos derivados de tales actividades, para propender al desarrollo sostenible y de conformidad con el ordenamiento normativo ambiental.
La presente Resolución dispone la aprobación de la Directiva N° 02 -2014-VMI/MC “Lineamientos para la elaboración del Plan de Contingencia previsto en el Reglamento para la protección ambiental en las actividades de hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2006-EM, en lo referido a los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial – Plan de Contingencia Antropológico (PCA)”, conforme a lo señalado en los considerandos de la presente Resolución.
Disponen la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la difusión de la presente Resolución y la Directiva en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).