Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y establece la realización de estudios actuariales en el régimen contributivo de la seguridad so

D. Leg. N° 1171.-

La norma tiene por objeto establecer que la incorporación de trabajadores independientes al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, la creación de un Seguro de Salud específico a cargo de ESSALUD o las exoneraciones, incentivos, beneficios o exclusiones de la base imponible respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud – ESSALUD, deben cumplir previamente de manera concurrente con los siguientes requisitos que tienen carácter de condición esencial para su realización:

a) La realización previa de un estudio actuarial.

b) El informe técnico emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Adicionalmente, se hace referencia que las exoneraciones, incentivos, beneficios o exclusiones de la base imponible respecto de las aportaciones a ESSALUD, se sujetarán a las reglas a que se refiere la Norma VII del Título Preliminar del Código Tributario. Asimismo, deben indicar el impacto en el presupuesto de ESSALUD a corto, mediano y largo plazo, por los ingresos que se dejarán de percibir, especificando los ingresos alternativos que compensarán la menor recaudación.

La norma señala que, con la  finalidad de garantizar la sostenibilidad financiera del fondo de la seguridad social en salud y permitir la atención oportuna y de calidad de los asegurados, ESSALUD realiza estudios actuariales bianuales, los cuales son remitidos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Finalmente disponen incorporar el artículo 3-A a la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud Incorpórese el artículo 3-A a la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

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