Incremento de la Remuneración Mínima Vital

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en concordancia con lo señalado por el Señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, respecto al segundo tramo del incremento de la Remuneración Mínima Vital, ha emitido el siguiente comunicado que adjuntamos.

COMUNICADO: SEGUNDO TRAMO DEL INCREMENTO DE LA REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL En atención a lo señalado hoy por el Señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, respecto al segundo tramo del incremento de la Remuneración Mínima Vital, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo cumple con informar a las trabajadoras y trabajadores del Perú lo siguiente:

1.    Una de las grandes prioridades del Sector y consiguientemente del Gobierno Nacional ha sido y es el incremento de la Remuneración Mínima Vital en los términos planteados por el Señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso.

2.    Como se recuerda, el primer incremento de la RMV, ascendente a S/. 75.00, se concretó el pasado 13 de agosto mediante Decreto Supremo 011-2011 TR, expresándose, asimismo, la firme voluntad y determinación del Gobierno Nacional de concretar el segundo tramo del aumento el presente año por una cantidad similar a fin de establecer la RMV en S/. 750.00 3. En tal sentido y en atención a las instrucciones dadas por el propio Señor Presidente de la República, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha dado inicio al procedimiento de aprobación de la RMV en el marco de lo establecido en el artículo 24 de la Constitución Política del Perú, así como la Ley Orgánica del Sector que precisan que las remuneraciones mínimas se regulan por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y empleadores –acreditadas ante el Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE), para luego ser aprobadas mediante Decreto Supremo.

3.    En tal sentido, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo informa que se convocará de inmediato a una reunión de coordinación a los delegados de los empleadores y trabajadores en el CNTPE, a fin de que la próxima semana dicha instancia de concertación y diálogo social sesione teniendo como punto central de agenda el procedimiento de consulta de aprobación de la RMV.

4.    El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo expresa por anticipado su agradecimiento a los integrantes del CNTPE por su atención a dicho procedimiento establecido por ley que culminará con el incremento de la RMV, el cual beneficiará a más de 630 mil trabajadoras y trabajadores del Perú.

 

Fuente: Oficina de Comunicación e Imagen Institucional del MINTRA.

X
X