Acuerdo N° 002/2012
Aprueban criterio de interpretación respecto de los alcances de los Artículos 114° y 118° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado referidos a la oportunidad de plantear los puntos controvertidos en la interposición y tramite de recursos de apelación, entrando en vigencia a partir del dia de mañana, siendo aplicable a todos los procedimientos en trámite.