Señor
Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones
conferidas en el literal q) del artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley
del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por
Decreto Supremo Nº 054-97-EF, esta Superintendencia ha dispuesto la
actualización anual del capital mínimo de las Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones (AFP), de conformidad con lo establecido en el artículo 14º
del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de
Fondos de Pensiones y el artículo 2º del Título II del Compendio de Normas de
Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos
de Pensiones, aprobado por Resolución Nº 054-98-EF/SAFP y sus modificatorias,
disponiéndose su publicación en virtud de lo señalado en el numeral 3.2 del
artículo 14º del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.
En
tal sentido, el capital mínimo de las Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones para el año 2016 se indica a continuación:
CAPITAL MINIMO* S/. 2
716 597