Gobierno Regional de Arequipa

Disponen primera inscripción de
dominio en favor del Estado de terrenos eriazos de dominio privado ubicados en
la provincia de Caravelí

 

Resolución Gerencial General Regional

Nº 253-2015-GRA/GGR

 

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al contenido del
Certificado de Búsqueda Catastral Nº 2014-1958 la Oficina de Catastro determinó
que el área de terreno materia de inscripción en primera de dominio (100.00
Has) no se encuentra ubicado sobre algún predio inscrito en las capas matriz total
y comunidades campesinas pero según la Carta Nacional (31N) se encontraría
ubicado parcialmente sobre quebradas, por tal motivo, es que se solicitó

pronunciamiento de parte de la
Administración Local del Agua Chaparra Acari.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Disponer la Primera Inscripción de Dominio
en favor del Estado Peruano de tres terrenos eriazos de dominio privado siendo
los siguientes:

 

El Primero de 308,381.80 m2, el
Segundo de 276,225.51 m2 y el Tercero de 309,606.19 m2 todos
ubicados en el Distrito de Bella Unión, Provincia de Caravelí, Departamento de
Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente
resolución y que son parte integrante de la misma.

 

Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución
sea publicada por única vez en el Diario Oficial “El Peruano” y, un extracto,
en el diario de mayor circulación en la Región.

 

Artículo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto
y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de Arequipa, realizará el
registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitará ante la Zona
Registral Nº XII Sede Arequipa, de la

Superintendencia Nacional de Registros
Públicos, la inscripción del terreno materia de la presente resolución.

 

Dada en la Sede del Gobierno Regional
de Arequipa, a los treinta días del mes de diciembre del dos mil quince.

 

 

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