Decreto legislativo que regula el secuestro conservativo de vehículos motorizados de servicio de transporte público y privado para delitos de lesiones u homicidios culposos.

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1190

Regulan el secuestro conservativo como medida cautelar real sobre vehículos motorizados de servicio de transporte público y privado que causaren lesiones o muertes.

Incorporan el artículo 312-A al Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 957, así como de los artículos 297 al 301 y 313 del Código Procesal Penal (Decreto Legislativo Nº 957), en todo el territorio peruano. 

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