Decreto Legislativo que modifica la Ley del Impuesto a la Renta

D. Leg. N° 1120

Por medio del citado Decreto Legislativo se busca reducir los mecanismos elusivos de dicho impuesto y establecer un mayor control a efecto de elevar los niveles de recaudación; así como contar con mayor claridad de la normativa, reduciendo costos y simplificando su aplicación. Para dichos fines se realizan las siguientes modificaciones:

En primer lugar, se modifica el inciso a) del artículo 2°; primer párrafo de los incisos b) y d) del artículo 9°; el primer párrafo del artículo 14°-A; el inciso b) y el último párrafo del artículo 19°; el acápite a.2) del inciso a) del numeral 21.1, el inciso b) del numeral 21.2 y el numeral 21.3 del artículo 21°; los incisos h) y l) del artículo 24°; el primer, segundo, tercer y cuarto párrafo del artículo 29°-A; los incisos II) y w) del artículo 37°; el inciso f) del artículo 56°; el segundo párrafo del artículo 72°; el primer párrafo del artículo 73°-A; el primer párrafo del artículo 73°-B; el numeral 1 del primer párrafo del artículo 73°-C; el primer párrafo del artículo 76; el artículo 85°; y el artículo 105° de la Ley.

En segundo lugar, se incorpora como segundo, tercer, cuarto y quinto párrafos del numeral 1) del inciso e) del artículo 32°-A; como último párrafo del artículo 65°; como artículo 105°-A; como tercer párrafo del artículo 106° y como Capítulo XIV de la Ley.

Finalmente, el citado Decreto Legislativo establece que la norma entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2013, con determinadas excepciones. Y se establece otras disposiciones a fin de efectivizar las modificaciones antes señaladas.

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