Decreto Legislativo N° 1079.
Mediante esta norma se establecen medidas que garantizarán el patrimonio de las áreas naturales protegidas.
Para ello las presentes disposiciones serán aplicadas e interpretadas en el marco de la Ley Nº 26834 Ley de Areas Naturales Protegidas.
A su vez, se dispone que los mecanismo de reintroducción, disposición y/o destrucción de los especímenes, recursos, productos y subproductos recuperados o encontrados abandonados en Areas Naturales Protegidas serán establecidas en el reglamento de la presente norma.