Decreto Legislativo N° 1070.
Decreto Legislativo N° 1070.
Mediante esta norma se modifican e incorporan diversos artículos de la Ley Nº 26872.
Asimismo, se dispone modificar diversos artículos del Código Procesal Civil a fin de implementar las nuevas normas conciliatorias que otorga este decreto legislativo.
El presente decreto legislativo entrará en vigencia a los sesenta (60) días calendario de su publicación en los distritos conciliatorios de Lima, Cono Norte de Lima (salvo la provincia de Canta), Trujillo y Arequipa. En los demás distritos conciliatorios entrará en vigencia progresivamente de acuerdo al Calendario Oficial que se aprobará mediante decreto supremo.