Decreto Legislativo N° 1028.
A fin de promover la competitividad económica de los participantes en el sector financiero, así como adecuar el actual marco regulatorio del referido sector a los nuevos estándares internacionales de regulación y supervisión, se dispone modificar diversas normas de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley 26702, conforme a los términos que obran en la presente norma.
Asimismo, se dispone incorporar diversas Disposiciones Finales y Complementarias y Disposiciones Transitorias de la referida ley.
A su vez, se dispone derogar el artículo 195º, el artículo 214º, así como los dos últimos párrafos de la Primera, la Tercera, la Cuarta, la Décimo Segunda y la Vigésima Primera Disposiciones Transitorias de la ley en mención.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP emitirá la reglamentación necesaria para la aplicación de este decreto legislativo.
Finalmente, la presente norma entrará en vigencia el 1 de julio de 2009, con excepción de algunas disposiciones que regirán desde el 24 de junio de 2008, y que se señalan expresamente en la presente norma.