D. Leg. N° 983
Mediante la presente norma, se modifica el artículo 16° y la denominación del Título II del Libro II y los artículos 94°, 97°, 102°, 188°, 238°, 244°, 248°, 251°, 260°, 261°, 263° y 267° del Código del Procedimientos Penales, aprobado por Ley No. 9024
Los temas más relevantes versan sobre las facultades especiales de la Corte Suprema y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sobre el embargo e incautación durante cualquier estado del proceso, así como de su inscripción y de su levantamiento. Asimismo, se hace mención respecto a la declaración de testigos, del interrogatorio, de las pruebas y del término para la suspensión del juicio oral. Así también, se hace mención, respecto a los delitos graves y de transcendencia nacional, de la detención policial y de los bienes incautados.