Ordenanza N° 022-2006-GR.LAMB/CR
Mediante la presente Ordenanza se declara de interés regional la preservación de los recursos hidrobiológicos del ámbito litoral de la Región Lambayeque y se establece la longitud mínima de malla para las operaciones de extracción de recursos hidrobiológicos en el litoral del departamento de Lambayeque vigente para las operaciones de red de arrastre o chinchorro. Al respecto, los armadores y propietarios de vehículos que incumplan lo dispuesto en la presente disposición legal serán sancionados por la Dirección General de Producción – Lambayeque, con decomiso del producto de la pesca, multa y suspensión del permiso de pesca.