Circular N° AFP-119-2010
La circular se aplica a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y a los afiliados y beneficiarios próximos a pensionarse en el SPP- de acuerdo a la definición contenida en el artículo 23° del precitado Título IV y establece los estándares mínimos de contenido de información que las AFP deberán observar durante la labor de orientación que brinden.