RESOLUCIÓN
ADMINISTRATIVA
N° 020-2016-CE-PJ
El 23 de noviembre de
2015 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 30364, cuyo objeto es
prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito
público o privado contra las mujeres por su condición de tales, y contra los
integrantes de grupo familiar; en especial, cuando se encuentran en situación
de vulnerabilidad, por la edad o situación física como las niñas, niños,
adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad.
Es por este motivo
que, se decide:
1.- Crear
el Programa Nacional para la Implementación de la Ley N° 30364; para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del
grupo familiar; el cual tendrá como órgano de apoyo a una Secretaría Técnica.
2.- Delegar
al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la facultad de designar
a los jueces que integrarán el referido programa nacional; e implementarlo
respecto a recursos humanos y logísticos; así como, a dictar las demás medidas
necesarias, para su adecuado funcionamiento.
3.- Disponer
que las Comisiones Distritales de las Cortes Superiores de Justicia que
integran el PpR “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”; y de la
Línea Presupuestal Paralela, en adición de funciones, tendrán a su cargo la
implementación de la Ley N° 30364. En los demás Distritos Judiciales, se
constituirán Comisiones Distritales con similar conformación que las referidas
comisiones distritales.