R.M. N° 044-2015-MEM/DM.-
Disponen que, excepcionalmente y en función de la debida tutela del interés público, el Estado asuma la remediación de los pasivos ambientales mineros de los siguientes proyectos de remediación: Proyecto “Aladino VI”, Proyecto “Marina Uno y Marina Dos” y Proyecto “Lampa Mining” ubicados en la región Puno; y, Proyecto “Canaura y Chulluncane” ubicado en la región Tacna, calificados de muy alto riesgo y de alto riesgo, conforme figuran en los Anexos 1, 2, 3 y 4 que forman parte integrante de la resolución.
Asimismo, encargan a la Dirección General de Minería ejecute la remediación ambiental de los pasivos señalados, con cargo al Programa Presupuestal: “Remediación de pasivos ambientales mineros”.