Aprueban formularios mediante los cuales los titulares de la actividad minera, incluyendo los pequeños productores mineros y productores mineros artesanales, cumplan con la presentación de información

R.M. N° 248-2014-MEM/DM.-

Aprueban los formularios mediante los cuales los titulares de la actividad minera, incluyendo los pequeños productores mineros y productores mineros artesanales, cumplen con la presentación de información de muestreos y/o testigos que señala el artículo 71 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2013-EM que, como Anexo 1 y Anexo 2 forman parte de la resolución ministerial.

Se establece que el titular de la actividad minera deberá presentar el Anexo 1 y el Anexo 2, conforme a lo que se indica en el documento denominado “Instrucciones” que forma parte integrante de la resolución ministerial hasta que la Dirección General de Minería implemente, en el sistema informático de la Declaración Anual Consolidada (DAC), dichos formularios.

 

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