R.M. N° 429-2013-MEM/DM.-
Que, por Decreto Supremo N°0112-2008-EM/DM, se aprobó el Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de Actividades de Hidrocarburos, el cual establece en su artículo 15 que el Plan de Participación Ciudadana (PPC) se presenta a la Dirección General Asuntos Ambientales Energéticos (DGAAE) conjuntamente con los Términos de Referencia del Estudio Ambiental, para su evaluación y de ser el caso, su aprobación.
La presente norma señalar que habiendo establecido necesario uniformizar y dar celeridad y simplicidad a los procedimientos de evaluación y tramitación referidos a los Términos de Referencia (TdR) y Planes de Participación Ciudadana (PPC), previos a la presentación del Estudio de Impacto Ambiental, es necesario aprobar e implementar el Sistema Informático para el Ingreso de PPC y TdR.
Por lo cual, aprueban el Sistema Informático para el ingreso de Planes de Participación Ciudadana (PPC) y Términos de Referencia (TdR), a cargo de la Dirección General de Asuntos Energéticos (DGAAE), a efectos de uniformizar y dar celeridad y simplicidad a los procedimiento de evaluación y, de ser el caso, aprobación de los PPC y TdR, a través de la presentación de dichos documentos vía el Portal Web del Ministerio de Energía y Minas.