Incorporación del Capitulo V en el Titulo Cuarto del Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos

D.S Nº 037-2011-EM

Debido a la existencia de una gran cantidad de empresas de aviación cuyo consumo de combustible es mejor a la necesaria para calificar como consumidores directos, apruébese la incorporación del capítulo v “Comercializador de Combustible de Aviación” en el reglamento para la comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.

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