D.S Nº 037-2011-EM
Debido a la existencia de una gran cantidad de empresas de aviación cuyo consumo de combustible es mejor a la necesaria para calificar como consumidores directos, apruébese la incorporación del capítulo v “Comercializador de Combustible de Aviación” en el reglamento para la comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.