D.S. N° 050-2009-EM
Se ha establecido el Régimen aplicable para la prórroga de los Contratos de Transporte de Gas Natural. En tal sentido, se ha dispuesto que los usuarios que cuenten con Contrato de Servicio de Transporte Firme vigente podrán acordar con el concesionario, por única vez, la prórroga del plazo de las Capacidades Reservadas Diarias de los referidos contratos por el período que consideren pertinente, siendo el volumen máximo a considerarse en dicha prórroga el mayor valor de las Capacidades Reservadas Diarias incluidas en el contrato.