Resolución Directoral N° 148-2008-EM/DGH.
En cumplimiento del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias, se ha dispuesto publicar la nueva Banda de Precios para la Gasolina de 97, 95, 84, Diesel 2, Petróleos Industriales Nº 6 y 500, Diesel 2 GE y Petróleos Industriales Nº 6 GE y 500 GE, conforme al detalle expuesto en la propia norma.
Asimismo, se mantiene la Banda de Precios para el GLP, la Gasolina de 90 y Kerosene señaladas en la Resolución Directoral Nº 094-2008-EM/DGH, publicada el 3 de junio de 2008.
A su vez, se dispone publicar la nueva Banda de Precios para cada uno de los productos a que hace referencia el ya mencionado decreto de urgencia.
Por otro lado, se determinan los Factores de Compensación y Aportación correspondientes entre el 12 y el 18 de agosto de 2008.
Finalmente, la presente resolución entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.