ESTABLECEN MEDIDAS DESTINADAS A PROMOVER LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE EN EL MARCO DE LA LEY Nº 30021, LEY DE PROMOCIÓN DE LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

DECRETO SUPREMO

Nº 027-2016-SA

 

La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, tiene como objeto la promoción y protección efectiva del derecho a la salud pública al crecimiento y desarrollo adecuado de las personas, a través de las acciones de educación, el fortalecimiento y fomento de la actividad física, la implementación de kioscos y comedores saludables, en las instituciones de educación básica regular y la supervisión de la publicidad y otras prácticas relacionadas con los alimentos, bebidas no alcohólicas dirigidas a niños, niñas y adolescentes para reducir y eliminar las enfermedades vinculadas con el sobrepeso, la obesidad y las enfermedades crónicas conocidas como no transmisibles; Asimismo, la promoción de la alimentación saludable contribuye a la reducción de las citadas enfermedades y a la mejora de los hábitos alimentarios.

Por ello, se dispone que el Ministerio de Salud elabore y actualice periódicamente un listado informativo de alimentos procesados y bebidas no alcohólicas que tengan alto contenido en azúcar, sodio y grasas saturadas, en el marco de la normatividad que regula los parámetros técnicos al alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas.

El contenido del presente Decreto Supremo podrá ser visualizado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe).

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