Suspenden temporalmente comercialización de leche en polvo procedente de China y la producción y comercialización de productos que la contengan como ingrediente

R. D. N° 3865/2008/DIGESA/SA

Mediante esta norma se suspenden temporalmente la comercialización a nivel nacional de la leche en polvo procedente de China y la producción y comercialización de los productos que la contengan como ingrediente, hasta que se cuente con los resultados analíticos que determinen la presencia o ausencia de melanina en dichos productos.

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