Precisan que la demarcación y titulación de comunidades nativas acargo de los Gobiernos Regionales, previsto en el D. Ley N° 22175 y su Reglamento, aprobado por D.S. N° 003-79-AA, no podrá quedar susp

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0547-2014-MINAGRI

Artículo 1º.- Precisan que el procedimiento administrativo de demarcación y titulación de comunidades nativas a cargo de los Gobiernos Regionales, previsto en el Decreto Ley N° 22175 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-79-AA, no podrá quedar  suspendido por superposición con áreas de los Bosques de Producción Permanente – BPP. Concluido el procedimiento administrativo de demarcación y titulación del territorio de las comunidades nativas, señalado en el párrafo anterior, los Gobiernos Regionales a cargo, deberán informar en el término de la distancia a la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre la actualización realizada a la base cartográfica de las comunidades nativas, para la correspondiente actualización de la base cartográfica nacional.

Artículo 2º.- En caso la actualización realizada por el Gobierno Regional a la base cartográfica de las comunidades nativas, confirme la superposición con áreas de los BPP, dicha instancia regional competente, solicitará el respectivo redimensionamiento del BPP, al término de la distancia, presentando copia fedateada del expediente que sustentó el procedimiento administrativo.

Artículo 3º.- En todo procedimiento administrativo de redimensionamiento, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR deberá precisar la categoría de ordenamiento forestal a la que ingresarán las áreas excluidas de los BPP, a fi n de salvaguardar la integridad del Patrimonio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.

Artículo 4º.- Facultan al SERFOR la aprobación de las medidas complementarias sobre redimensionamiento de BPP, que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5º.- Publican la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el

Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego

(www.minagri.gob.pe).

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