R.D. N° 0034-2014-MINARGI-SENASA-DSV.-
Modifican el requisito fitosanitario indicado en el numeral 1.7 de la R.D. N° 0019-2013-AG-SENASA-DSV que debe expresar lo siguiente: ¨¨Las estacas deben venir a raíz denuda (solo para estacas enraizadas), sin hojas y sin tierras o cualquier otro sustrato¨
A su vez, dejan sin efecto el requisito fitosanitario descrito en el numeral 1.8 de la RD. N° 0019-2013-AG-SENASA-DSV.
Fecha de publicación: sábado 26.07.14