RR.DD. N°s. 0023- y 0024-2013-MINAGRI-SENASA-DSV
Establecen los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de frutos frescos de pimiento (Capsicum annum L.) origen y procedencia Corea del Sur, de la siguiente manera:
“1.1 Los viveros, campos y plantas procesadoras y empacadoras de pimiento fresco deberán estar registradas y autorizadas por el QIA- Korea antes de dar inicio a la temporada de exportación. Los registros deberán ser informados al SENASA antes del embarque de los envíos hacia el Perú.
1.2 El pimiento fresco certificado por el QIA-Korea no debe estar mezclado con fruta fresca procedentes de campos no certificados.
1.3 El área de empaque (incluyendo el almacen, las salas de mantenimiento y área de carga) y sus alrededores deberán estar libres de fruta de descarte y cualquier otro material que pudiera ser un fuente de infestación de plagas…”