R.D N° 004-2013-AG-SENASA-D.S.A
Establecen cinco (5) categorías de riesgo , en donde estarán agrupadas las mercancías pecuarias en función a la capacidad de vehiculizar agentes patógenos de enfermedades que represente riesgo para la salud publica y sanidad animal, a su nivel de procedimiento , o a su forma de presentación y uso , de la manera que establece la presente Ley.