Autorizan trámite de importación de grano de maíz, soya y derivados originarios y procedentes de Bolivia, en el Puesto de Control de Matarani o en el Terminal de Almacenamiento autorizado de Aduanas

R.D. Nº 09- 2008- AG- SENASA – DSV

Mediante esta norma se autoriza el trámite de importación de grano de maíz, soya y pellets de soya originarios y procedentes de Bolivia, en el Puesto de Control de Matarani o en el Terminal de Almacenamiento autorizado de Aduanas en Arequipa, los cuales han ingresado al país a través del Puesto de Control de Desaguadero –Puno acogiéndose al régimen aduanero establecido por la Autoridad competente.

La norma hace referencia a los documentos que deben presentarse ante el SENASA al momento de ingreso de los productos al país, la revisión de los envíos y las condiciones de aislamiento, así como la inspección que se realizará una vez que los envíos estén completos y el tratamiento de fumigación de los mismos.

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