Disponen reemplazar temporalmente requisito fitosanitario sólo para fines de investigación de semillas de colza/canola/Resolución Directoral N°42-2006-AG-SENASA-DSV

Resolución Directoral N°42-2006-AG-SENASA-DSV

Se ha dispuesto reemplazar temporalmente el requisito fitosanitario referido a las semillas que provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado por la Organización Nacional de Inspección Fitosanitaria del país de origen y/o procedencia durante el crecimiento activo y libre de dichas semillas.

Asimismo, dicha modificación se ha realizado solo para fines de investigación, siendo las semillas analizadas oficialmente por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria de Argentina, estando éstas libres de plagas.

 

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