Decreto Supremo que adecua las normas reglamentarias que regulan el descanso por maternidad y el pago del subsidio por maternidad a las disposiciones de la Ley N° 30367, Ley que protege a la madre trabajadora contra el despido arbitrario y prolonga su periodo de descanso
Decreto Supremo N° 002-2016-TR
Mediante el presente Decreto Supremo, publicado el día de hoy en el diario El Peruano, se adecuan las normas reglamentarias que regulan el descanso por maternidad y el pago del subsidio por maternidad a las disposiciones de la Ley N° 30367. Como se recordará, mediante la citada Ley se amplía el periodo de licencia por maternidad de 90 a 98 días en concordancia con lo previsto en el Convenio Nº 183 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Protección de la Maternidad. Así, el presente Decreto Supremo adecúa las normas reglamentarias que regulan el descanso prenatal y postnatal a lo dispuesto en la Ley N°30367 y modifica también el Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, precisándose que el subsidio por maternidad a cargo de Essalud se otorga por 98 días. En tal sentido, mediante el presente decreto supremo queda claro que Essalud deberá pagar los 98 días de subsidio por maternidad por el descanso de maternidad de las trabajadoras gestantes.