R.M. N° 250-2007-TR. –
Mediante Resolución Ministerial N° 250-2007-TR, se aprueba la información de la Planilla Electrónica, así como las tablas que han de ser utilizadas para su elaboración, según corresponda, y la estructura de datos requerida por los archivos de importación de dicho documento, los mismos que publicarán en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Cabe resaltar que el personal de terceros es declarado en la Planilla Electrónica, solo en aquellos supuestos en que los trabajadores destacados o desplazados no hayan sido asegurados por su empleador con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, habiendo el pago sido cumplido por el declarante.
Asimismo, la norma señala que la información relativa al nivel educativo (Tabla 9) y la ocupación (Tabla 10) del trabajador, es obligatoria a partir del periodo de enero del 2009, debiendo declararse la situación al 1° de enero de cada año.
Por lo expuesto, se deja sin efecto la Resolución Ministerial N° 003-2007-TR.