DECRETO SUPREMO
N° 024-2016-PCM
Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, son deberes primordiales del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.
Que, mediante Decreto Supremo N° 083-2015-PCM, publicado el 4 de diciembre de 2015, se declaró por el término de cuarenta y cinco (45) días calendario, computado a partir de la fecha de publicación del acotado dispositivo, el Estado de Emergencia en la Provincia Constitucional del Callao, disponiendo que la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno. Posteriormente, el estado de emergencia se prorrogó hasta el 16 de abril de 2016.
De esta manera, el Director General de la Policía Nacional del Perú recomienda mediante Oficio N° 216-2016-DGPNP/SA, que se prorrogue el Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo N° 083-2015-PCM, en la Provincia Constitucional del Callao a fin de consolidar la lucha contra la inseguridad ciudadana y el crimen organizado en todas sus modalidades.
Atendiendo a la Constitución Política del Perú, la prórroga del Estado de Emergencia requiere nuevo Decreto, por lo que se expide el presente Decreto Supremo para ello, prorrogando el Estado de Emergencia por el plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, a partir del 17 de abril de 2016, en la Provincia Constitucional del Callao. La Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno.
Asimismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales y la inviolabilidad de domicilio, comprendidos en los incisos 9) y 24) apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.