Se suprime la aplicación de derechos antidumping definitivos a las importaciones de refrescos en polvo originarios de Chile producidos y/o exportados por Córpora Tres Montes S.A.

Res. N° 093-2008-CRT-INDECOPI

Se suprime a partir del 18 de julio de 2008 la aplicación de derechos antidumping definitivos de 41% sobre el valor FOB de las importaciones de refrescos en polvo originarios de Chile producidos y/o exportados por la empresa Córpora Tres Montes S.A.

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