Se confirma la Resolución No. 056-2006/CDS-INDECOPI que modificó los derechos antidumping definitivos establecidos en la Resolución No. 050-2004/TDC-INDECOPI./Res. No. 0280-2007/TDC-INDECOPI.

Res. No. 0280-2007/TDC-INDECOPI.

Mediante esta Resolución, la Sala confirmó la Resolución No. 056-2004/TDC-INDECOP la que modificó los derechos antidumping definitivos establecidos en la Resolución No. 0050-2004/TDC-INDECOPI, que resolvió reducir los derechos antidumping impuestos en la investigación original sobre las importaciones de aceros LAF provenientes de Kazajstán y de Rusia y reducir de 8 a 7, las subpartidas aracelarias sujetas a estas medidas.

En este caso, la Sala, de igual manera, analizó, los temas de determinación del "período prudencial" para efectuar el examen de cambio de circunstancias, determinación de la existencia de un "cambio de circunstancias" y el tema de la modificación de la cuantía de los derechos antidumping.

 

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