REGLAMENTO
DE LA LEY Nº 28754, LEY QUE ELIMINA SOBRECOSTOS EN LA PROVISIÓN DE OBRAS
PÚBLICAS DE INFRAESTRUCTURA Y DE SERVICIOS PÚBLICOS MEDIANTE INVERSIÓN PÚBLICA
O PRIVADA
DECRETO SUPREMO
Nº 127-2017-EF
Mediante
la presente norma, se modifican los
literales c), d), f), h) y m) del numeral 1.1 del Artículo 1; el numeral 2.1
del Artículo 2; el numeral 3.1 del Artículo 3; el numeral 4.2 del Artículo 4;
el literal b) del numeral 5.1 del artículo 5, el literal b) del artículo 7; los
numerales 8.1 y 8.5 del artículo 8, el encabezado y los literales b) y c) del
numeral 9.1 y el numeral 9.7 del artículo 9; los numerales 10.1, 10.2 y 10.3 del artículo 10; los
numerales 11.1 y 11.2 del artículo 11; el primer párrafo del numeral 12.1 del
artículo 12; el numeral 14.1 y el numeral 14.6 del artículo 14; el artículo 15,
el artículo 16; el numeral 18.1 y los literales a) y b) del numeral 18.2 y el
numeral 18.3 del artículo 18; el artículo 19; el artículo 20 así como el Anexo
2 del Reglamento de la Ley Nº 28754, aprobado por el Decreto Supremo Nº 110-2007-EF
y normas modificatorias, en los términos señalados en la presente norma.
Asimismo, se
incorporan el literal s) en el numeral 1.1 del artículo 1; el Artículo 8-A; el
numeral 9.8 del artículo 9; el segundo párrafo del numeral 18.1 del artículo 18
del Reglamento de la Ley Nº 28754.
El presente Decreto
Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial El Peruano.