Establecen tipo de cambio de referencia correspondiente al año 2015 para los sujetos obligados al pago de la Regalía Minera que lleven su contabilidad en moneda nacional y mantengan vigentes contratos

R.M. N° 018-2015-EF/15.-

La norma señala que, en aplicación de lo establecido en el literal c) del numeral 6.1 del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28258 – Ley de Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2005-EF, el tipo de cambio de referencia correspondiente al año 2015 para los sujetos obligados al pago de la Regalía Minera de acuerdo a las normas vigentes antes del 01 de octubre de 2011, que lleven su contabilidad en moneda nacional, es S/. 2,932 por dólar americano. En consecuencia, los rangos establecidos en el artículo 5º de la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera convertidos a moneda nacional según lo establecido en la norma.

 

 

Fecha de publicacion: 17.01.15

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