D.S. N° 002-2015-EF.-
Establecen reajustes a partir de enero de 2015, las pensiones percibidas por los beneficiarios de régimen del Decreto Ley N° 20530 que hayan cumplido sesenta y cinco años a mas de edad al 31 de diciembre de 2014, cuyo valor analizado no exceda el importe de veintiocho (28) UIT.
El monto de dicho reajuste ascenderá a S/. 30.00 para los pensionistas que cumplan las condiciones descritas en el párrafo anterior.
La norma señala que, en ningún caso el valor anualizado de las pensiones después de efectuado el reajuste, que se define como la suma de las pensiones reajustadas, pensiones adicionales, gratificaciones o aguinaldos, bonificaciones por escolaridad y cualquier otro concepto que sea puesto a disposición del pensionista en el año, podrá superar el tope de 28 UIT anuales. Asimismo, en caso de percibirse más de una pensión, el reajuste se hará sobre la pensión de mayor monto
Fecha de publicacion 10.01.15