Aprueba delegación de facultades en la Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE para autorizar la fase de inversión del ciclo del proyecto de inversión públi

20-07-13

R.M. N° 208-2013-EF/10

Delegan en la Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, lo dispuesto en el literal d) del numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 102-2007-EF, para autorizar el inicio de la fase de inversión en el ciclo del Proyecto de Inversión Pública y la elaboración de expedientes técnicos o estudios definitivos, así como la ejecución de los PIP declarados viables.

 

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