R.D. N° 049-2013-EF/52.01.
Dispóngase que la acreditación que se señala en el literal c) del Numeral 1.11 del Reglamento del Programa de Creadores de Mercado aprobado por el Decreto Supremo N° 096-2013-EF, se refiere a sanciones vinculadas con valores de deuda pública emitidos en el marco del Reglamento del Programa de Creadores de Mercado, con operaciones de reporte, operaciones con derivados u otras operaciones efectuadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Tesorería.