D.S. N° 141 – 2009 – EF
Mediante esta norma aprueba el listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV a que se refiere el artículo 11° de la Ley N° 29173.Dicho listado será publicado en el portal del ministerio de Economía y Finanzas a más tardar el último día hábil del mes de julio.