Decreto Supremo mediante el cual se aprueba el listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV

D.S. N° 165-2008-EF
 
Se ha aprobado el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” el cual será publicado en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas el último día hábil de diciembre y regirá a partir del primer día calendario del mes siguiente.
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