D.S. N° 105-2007-EF
Mediante la presente norma, se modifican las tasas de derechos arancelarios ad valórem CIF establecidas en el Decreto Supremo N° 017-2007-EF y modificadas por el Decreto Supremo N° 091-2007-EF.
Se deroga el derecho arancelario adicional equivalente al 5% ad valórem CIF establecido en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 035-97-EF y modificatorias, para las subpartidas nacionales comprendidas en el Anexo I, el cual forma parte del presente Decreto Supremo.